Foto: Martha Cobos - Fusagasugá Noticias

La medida fue adoptada mediante el Decreto 065, desde el pasado 18 de marzo, y pretende enfrentar la crisis por la ola invernal.

La Alcaldía del municipio de Fusagasugá determinó declarar la situación de calamidad pública, con ocasión de la segunda temporada de lluvias y el fenómeno de remoción en masa en el sector de Casa de Lata.

Así lo establece el Artículo Primero del decreto 065, en donde un parágrafo señala que inicialmente la medida va por seis meses, o que podría ser prorrogable hasta por un año de conformidad con el Consejo Municipal de Gestión del Cambio Climático y del Riesgo de Desastres.

Además el decreto deja claro que el seguimiento y evaluación del Plan de Acción específico para la recuperación, estará a cargo de la Secretaría de Planeación, y que los resultados definitivos serán enviados a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

Igualmente, se deja establecido que a más tardar el 3 de abril el coordinador del CMGCCRD, deberá entregar el Plan de Acción específico, e informar a los entes de control; Contraloría y Procuraduría.

¿A qué se refiere cuando se habla de calamidad pública? 

La calamidad pública funciona como una estrategia para que el Municipio pueda hacer uso de los recursos y responder a las necesidades de una situación en particular.

La ley 1523, es la que regula el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres. “A esta acudieron cuando ocurrió la tragedia de Mocoa, Putumayo, y a la que han acudido cuando suceden grandes desastres naturales”.

Eso quiere decir que no se requerirán los tres meses de licitación para adquirir lo que se requiera para enfrentar la crisis antes mencionada, o para contratar más personal.

Esta contratación tendrá posteriormente todos los efectos de control fiscal. La idea es  actuar rápido y solo para responder a la emergencia actual. Otra ventaja es poder efectuar traslados presupuestales por vías rápidas. Actualmente si se quiere sacar plata de una secretaría y pasarla a otra no es fácil, pero con esta declaratoria se puede hacer.

También sirve para crear alivios tributarios o incentivos, pero, por el momento, la Administración Municipal solo va a hacer uso de la posibilidad de utilizar los recursos de forma rápida. Lo demás va a depender de cómo transcurra la emergencia.

¿Y qué control habrá en Fusagasugá? 

¿Hay veedurías, a través de las Juntas de Acción Comunal del sector implicado?

¿El Concejo Municipal de Fusagasugá estará al tanto de la situación?

¿El personero de Fusagasugá hará lo propio?

 

Descargue aquí el Decreto 065

Por: Fusagasugá Noticias