Por irregularidades en la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del municipio de Chía (Ptar II), la Procuraduría General de la Nación confirmó el fallo en segunda instancia.

En fallo de segunda instancia la Procuraduría General de la Nación confirmó la sentencia que destituye e inhabilita al actual director de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), Néstor Guillermo Franco, por un periodo de 10 años.

El Ministerio Público estableció que Franco quebrantó el principio de planeación en la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del municipio de Chía (PTAR II), al no tomar las medidas necesarias para asegurar la ejecución de las obras en los términos y valores inicialmente previstos.

Para el ente de control también se vulneraron los principios de moralidad y legalidad, toda vez que no se respetaron las normas que obligaban a las partes a contar con los estudios y diseños adecuados antes de firmar el convenio de construcción.

«El convenio suscrito en 2015 por la CAR Cundinamarca con la Empresa de Servicios Públicos de Chía -Emserchía- y la Alcaldía del municipio, por más de 35.000 millones de pesos, no se encontraba en condiciones de ser ejecutado«, indicó la Procuraduría.

El órgano de control determinó, además, que los estudios y diseños para iniciar las obras fueron elaborados en el 2011 y, por lo tanto, eran obsoletos para ejecutar el proyecto, lo que ocasionó modificaciones al convenio y un reajuste en el valor de los trabajos, que ascendió a 62.875 millones de pesos. Y es que el convenio se realizó en 2015 y las obras comenzaron en 2018, situación que terminó por ratificar la sentencia inicial que indicaba que los diseños y estudios técnicos de la planta eran insuficientes, desactualizados e incompletos para cumplir con la finalidad del negocio.

Sobre el particular, Franco se defendió en su momento diciendo que la diferencia de dinero correspondía a la actualización de precios que se aplicó al diseño de 2011 para que se ajustara al 2018. 

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En mayo del presente año el funcionario afirmó que tenía plena confianza en su actuar transparente y el de su equipo de trabajo, así como en las pruebas recaudadas que presentó durante la apelación.

«Insisto en que los cuestionamientos se hacen solo y exclusivamente por el diferencial de interpretación que existe respecto a si se podía hacer el convenio de cofinanciación, incluyendo la fase de ajustes a diseños o si era perentorio primero, antes de adelantar el convenio, adelantar esa fase», apuntó Franco en ese instante y agregó que el convenio se había hecho bajo el marco jurídico previsto en las leyes vigentes, con pleno acatamiento a las mismas y en cumplimiento de orden judicial dada en el fallo del Río Bogotá.

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«Confiamos en que podemos salir bien librados en atención a que tengo plena certeza respecto a que hemos obrado de la mejor manera posible en camino a recuperar el río más importante del territorio y uno de los más importantes del país: el Bogotá«, recalcalcaba en ese instante.

Sin embargo, sus argumentos no fueron contundentes para la Procuraduría que calificó la conducta de Franco como una falta gravísima. 

Vía SEMANA SOSTENIBLE