Un número importante de siniestros viales están relacionados con el mal estado de las vías.

Huecos, mala señalización, alcantarillas destapadas y otros desperfectos en las calles de las ciudades, están a la orden del día y en ocasiones generan daños de diferente índole a los vehículos y percances de salud a los ciudadanos. Por eso, consultamos con un experto para saber qué recursos pueden interponer quienes han sufrido este tipo de situaciones.

Debe haber reparación

El abogado y especialista en Derecho Administrativo, Camilo Andrés Ortiz Motta, le dijo a Q’HUBO Ibagué que en un evento de este tipo, no se puede hablar simplemente de accidente, sino de daño. “El Estado debe reparar a las personas por omisión o por mala prestación de servicio. El artículo 90 de la Constitución Política tiene una cláusula general sobre la responsabilidad patrimonial del Estado”, aseguró el jurista.

Ortiz Motta también explicó que en estos casos se pueden interponer demandas, en razón de la omisión de las obligaciones del Estado, por las cuales se causa un perjuicio a quienes tienen estos tipos de accidentes. Al respecto, agregó: “Muchas veces falta señalización. Esto es común e implica un constante peligro. Las motos son vehículos con mayor riesgo, ya que el motociclista es el chasís, pero aplica para cualquier otro tipo de vehículo”.

Falta información

Según lo indicado por el abogado, las personas tienen derecho a acceder a la administración de la justicia, pero muchas veces hay desconocimiento sobre cómo actuar o qué hacer para pedir la indemnización. “Además no es fácil. La persona necesita de un abogado que le represente e interponga la acción judicial. No puede interponer la demanda directamente”, afirmó Ortiz Motta. Así mismo, aclaró que antes de demandar es necesario intentar una conciliación extrajudicial, donde a veces se logra un acuerdo.

Dentro del proceso, es necesario recolectar las pruebas con el fin de probar la omisión y la incidencia del mal estado de la vía en el accidente. Esto se puede recopilar mediante informe policial, conocido como croquis, testimonios de personas, vídeos y fotografías. Dichas pruebas se deben obtener antes de contactar al abogado, que buscará lograr la acción de reparación, de acuerdo con los daños sufridos, a nivel físico, moral o por fallecimiento de la víctima, en cuyo caso los beneficiarios serían sus familiares.

Para tener en cuenta

Es necesario establecer a quién le corresponde la reparación. Si se trató de un accidente en vías nacionales, en cuyo caso el recurso se puede interponer ante Invías, la Agencia Nacional de Infraestructura o el Ministerio de Transporte; o si fue dentro de la zona urbana, donde quien debe responder es el Municipio. La acción es competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Dado que no todas las personas cuentan con los recursos para pagar los honorarios de un abogado, según Ortiz Motta, pueden acudir a los consultorios jurídicos de las universidades, a la Personería municipal o a la Defensoría del Pueblo, donde pueden recibir ayuda de manera gratuita. Sin embargo, el abogado indica que dado que estos casos suelen ser atractivos para los juristas, muchos ofrecerán sus servicios, acordando con el demandante un porcentaje de la indemnización como pago de sus honorarios, en cuyo caso el beneficiario debe llegar a un buen acuerdo.

Sobre el experto

Camilo Andrés Ortiz Motta es abogado de la Universidad de Ibagué, especialista en Derecho Administrativo, con énfasis en contratación Estatal de la Universidad de Ibagué y Universidad de Salamanca, España. Especialista en Derecho Penal de la Universidad de Ibagué. Estudios de cursos en el programa de Doctorado de la Universidad de Buenos Aires. Se ha desempeñado en el ejercicio profesional ejerciendo cargos públicos, litigante, docente universitario, asesor jurídico de empresas privadas y de Entidades Públicas.