La Ley 1811 de 2016 había sido demandada al considerarse que las disposiciones contenidas se extralimitaban y restringían el comportamiento de los peatones en la vía pública, además de imponerles sanciones por determinadas conductas.

Bogotá, D.C., 12 de diciembre del 2018

La Corte Constitucional dejó en firme la Ley 1811 de 2016 que otorga incentivos para el uso de la bicicleta y establece ciertas prohibiciones a los peatones al transitar por las vías.

La Ley había sido demandada al considerarse que las disposiciones contenidas se extralimitaban y restringían el comportamiento de los peatones en la vía pública, además de imponerles sanciones por determinadas conductas.

Entre las prohibiciones que consagra la Ley están cruzar por sitios no permitidos, remolcarse de vehículos en movimiento, ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, y subirse o bajarse de los vehículos en movimiento.

La Corte Constitucional consideró que estas disposiciones no violan los derechos de los peatones sino que, por el contrario, están destinadas a proteger su vida de situaciones que los puedan poner en riesgo.