El Ministerio expidió una circular en la que reitera a las autoridades de tránsito del país que los conductores que violen y reincidan en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa podrán suspender y cancelar la licencia de conducción.
Bogotá, D.C., 13 de diciembre del 2018
El Ministerio de Transporte indicó como medida para combatir el transporte ilegal, a los conductores particulares que utilizan sus vehículos para la prestación ilegal de transporte público de pasajeros se les cancelará su licencia de conducción y solo podrán volver a solicitarla 25 años después.
«Existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales”, indicó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
De esta manera, los conductores de vehículos particulares que sean sorprendidos por las autoridades de tránsito, prestando el servicio público de transporte, sin justa causa, podrán quedar sin licencia de conducción hasta por 25 años.
La Circular emitida por el Ministerio de Transporte, reitera a las autoridades de tránsito y a los conductores, “que está completamente prohibido que vehículos particulares, sin permiso, presten cualquier servicio de transporte público, salvo las excepciones consagradas en la Ley 769 de 2002”.
En la comunicación oficial emitida a los organismos y autoridades de tránsito en todo el país, se les insiste a las mismas que, es de carácter prioritario atender las disposiciones y procedimientos legales para mitigar la prestación de servicio público en vehículos particulares sin justa causa.
Fuente NOTICIAS RCN