Por Melquisedec Torres Ortíz 

La tormenta política del momento es la decisión que ha tomado la Corte Constitucional, confirmando que dos leyes, la 610 y la 734, son constitucionales y deben seguirse aplicando. Las dos leyes fueron demandadas básicamente porque consagran que una persona, cualquier persona, que haya sido sancionada fiscalmente, es decir con una multa, no puede aspirar ni posesionarse en un cargo público si no ha pagado la multa.

Es decir, aquellas personas que aparecen en el llamado boletín de responsables fiscales deben pagar sus multas si quieren inscribirse o posesionarse en algún cargo.

Este tipo de sanciones son muy importantes porque se trata de castigar con plata, en el bolsillo, a los que cometan actos de corrupción o con sus decisiones equivocadas, les hagan perder plata a los municipios, departamentos o a la Nación (nos hagan perder plata a los contribuyentes).

Como la demanda fue presentada con el fin de que esas normas fueran eliminadas para no afectar al hoy senador Gustavo Petro (la presentó un abogado del grupo político de Petro), la noticia supuestamente es que la Corte falló contra Petro. Hay que hacer entonces varias precisiones:

  1. Las dos leyes son de hace 18 y 16 años. Y se han aplicado sin ningún problema hasta ahora. Se volvieron importantes porque hoy afectan a un excandidato presidencial
  2. Esas dos leyes son generales, se aplican a cualquier persona. Nada tienen que ver con Petro o conmigo o con ustedes. Y la sentencia de la Corte tampoco tiene que ver con Petro, tiene que ver con leyes, no con personas.
  3. Que el contralor de Bogotá que sancionó con multa a Petro esté hoy investigado por el escándalo de Odebrecht, no implica per se ni automáticamente, que las sanciones que aplicó sean ilegales. Una cosa son las actuaciones pasadas de ese contralor, cuando no era contralor sino Gobernador de Boyacá, y otra sus decisiones de ahora.
  4. En este momento la sanción por más de 200 mil millones de pesos (por rebajar los pasajes de Transmilenio, decisión que le ha costado a Bogotá más de 700 mil millones de pesos) contra el senador Petro, NO está en firme pues un Tribunal la suspendió.

Y Petro podrá interponer otras acciones legales contra esa sanción. Es decir, el tema hoy es contra la sanción particular de Petro y no contra las leyes que lo inhabilitarían, pues estas son generales. Pero si la sanción queda en firme en algún momento de aquí al 2022, Petro no solo dejará de ser senador por lo que se llama inhabilidad sobreviniente, sino que no podría inscribirse como candidato presidencial. Pero faltan mucho tiempo, mucho pleito y otras tempestades políticas para que eso llegue a pasar.

  1. Rebajar los pasajes del transporte público lo aplaude mucha gente. Por supuesto, pagar menos es muy bueno. Lo que pasa es que esa plata que se rebaja abre un hueco financiero que, en este caso, el Distrito de Bogotá debió llenar con plata de los impuestos de todos los bogotanos, no solo de los que se suben a Transmilenio.
  2. Lo que sigue siendo constante es que Petro siempre ha tenido problemas con las leyes. Y cuando uno viola una ley, esa ley tiene la función de perseguirlo.

Twitter: @Melquisedec70 – chillurco1970@yahoo.com