Aunque el presidente del CNE señaló en medios radiales, el viernes, que la Registraduría debe suspender las consultas populares mineras que están en trámite, una vez conocido el fallo del jueves último de la CC, todavía el pronunciamiento no es oficial, ni vinculante, dicen los expertos. Sin embargo, sí va a afectar el trámite de las restantes 156 consultas anunciadas, aparte de las que se realizarán el próximo domingo.

El Consejo de Estado había emitido una sentencia en la que resaltaba que era legítimo que los alcaldes convocaran consultas populares para controvertir proyectos extractivos, pues era una expresión democrática y la participación ciudadana “debe ser garantizada en la mayor extensión posible».

“Las entidades locales conocen de manera directa y con un alto grado de proximidad las necesidades de su comunidad, por lo que la autonomía territorial tiene un nexo directo con la democracia”, decía.

Esto, antes de que la Corte Constitucional señalara que esta herramienta no puede llegar a frenar los proyectos de explotación o exploración minero-energética porque el Estado es el dueño de los recursos del subsuelo.

El Consejo reconoció, al igual que la Corte, que efectivamente se trata de recursos del Estado, pero hizo énfasis al señalar que éste incluye a la Nación y a los entes territoriales, por lo que debe haber una coordinación.

“Que aunque la Ley 685 de 2001 asigna competencias predominantes a la Nación en materia de exploración y explotación minera, dichas funciones deben cumplirse con base a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad porque, se reitera, el subsuelo es de propiedad del Estado y no solo de la Nación», se lee.

Sin embargo, al ver que no se ha creado una legislación sobre los mecanismos para llegar a dichos acuerdos, señaló que entonces deben ser las consultas las que se usen.

«Así las cosas, la competencia de los municipios para convocar y realizar consultas populares es una materialización del principio de subsidiariedad, puesto que en ese escenario no existe un desarrollo normativo expreso de los principios de coordinación y concurrencia», dice.

Decía el fallo, que “es claro que los municipios tienen competencia para prohibir en su territorio el desarrollo de actividades minero-energéticas”, de acuerdo con el artículo publicado por Caracol Radio.

Por su parte la Silla Vacía dice que según el comunicado con el que dio a conocer su decisión, la Corte encontró que el Tribunal no debió darle vía libre a la consulta porque su pregunta “no se limitaba a determinar el uso del suelo como una competencia propia de los municipios y distritos, sino que en realidad buscaba prohibir la realización de actividades de exploración del subsuelo y de recursos no renovables en el municipio de Cumaral”.

Su argumento es que, como la Constitución dice que el subsuelo es del Estado, una consulta popular local no puede prohibir actividades como sacar petróleo o minerales, porque al hacerlo impide que el Estado ejerza su derecho de propiedad sobre el subsuelo. Eso a pesar de que esa y otras consultas han avanzado bajo el argumento de que los municipios tienen la función de definir cómo se usa el suelo, y en esa medida pueden prohibir actividades sobre él, más allá de quién es el dueño del suelo o del subsuelo.

Eso deja en el limbo a la consulta de Cumaral, y aunque su alcance se limita a esta consulta, puede abrir un debate frente a las otras que ya se votaron (Tauramena en Casanare, Arbeláez en Cundinamarca, Jesús María y Sucre en Santander) y dejaría sin piso a las 158 que están en trámite o se han anunciado, según la Asociación Colombiana de Minería (ACM).

En el fallo la Corte Constitucional exhorta al Congreso para que “en el menor tiempo defina uno o varios mecanismos de participación ciudadana y uno o varios instrumentos de coordinación y concurrencia nación-territorio”.

Pero como en ocasiones anteriores el Congreso muy seguramente se hará el de la «vista gorda«, y permitirá que la Honorable Corte Constitucional en su leal saber y entender defina al respecto (legisle) y se ratifique en la más reciente decisión que como lo titula La Silla Vacía recargará aún más a los empresarios y al presidente Duque.   

De hecho, en esta tutela la Corte le dio la razón a la ACM, la Asociación Colombiana del Petróleo (ACP), Mansarovar, Ecopetrol, la Agencia Nacional de Minería (ANM) y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) -entidades del Estado que administran los contratos de minería y petróleo-, que en una audiencia pública de ese proceso, en abril, le pidieron tumbar la decisión del Tribunal del Meta.

En esa ocasión los gremios, las empresas y las entidades nacionales alegaron que la Constitución y la ley es clara en que el Estado, entendido como el Gobierno Central, debe ser quien administra el subsuelo porque todo el país se beneficia de las regalías que recibe cuando las empresas sacan minerales o petróleo.

“No lo veo como una victoria, sino como una gran responsabilidad: la de concertar. Eso es más difícil pero es lo correcto”, nos dijo Santiago Ángel, presidente de la ACM.

De acuerdo con Jaime Arteaga, consultor en temas de estrategia para empresas mineras y petroleras, las empresas de todas formas tienen que hacer un trabajo para ponerse a convencer a las comunidades de que sus proyectos les convienen también a ellos. “La licencia social sigue siendo una condición obligatoria para el negocio, tú no puedes hacer el negocio con las comunidades en contra”, dice.

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En todo caso, para el presidente Iván Duque el fallo le devuelve el mango de la sartén, pues serán las entidades a su cargo las que tendrán la última palabra sobre si se hacen o no proyectos. Además, sin el lío de las consultas, los empresarios tendrán un obstáculo menos para invertir. Como dijo en un pronunciamiento oficial la Ministra de Minas y Energía, María Fernanda Suárez: “Esperamos que esta decisión permita incentivar la inversión y reactivar el desarrollo social y económico que representa la industria minero-energética para el país”.

Por su parte el Movimiento Nacional Ambiental que agrupa a unas cien organizaciones ambientales e impulsó consultas como la de Cumaral, están a la espera de leer la sentencia completa, el comunicado los tiene en alerta.

Desde el viernes impulsaron el hashtag #SinConsultasNoHayDemocracia y tienen pensado sacar a la gente a las calles a protestar.

“Tenemos un gobierno y una Corte al servicio de las corporaciones y no de la ciudadanía”, dijo a La Silla Renzo García, vocero del movimiento. “Los nuevos magistrados son de una línea conservadora y lo que vemos es que están revirtiendo fallos de la misma Corte, no solo con la minería. También con las corridas de toros, con Cerromatoso”, agregó.

García dijo a La Silla que van a preparar un proyecto de ley que “ratifique la consulta como mecanismo de participación«.

Con eso quedó claro que para los ambientalistas la decisión de la Corte es un traspiés, no una derrota, y que una pelea que viene siendo legal, pasará a lo político.

Conocidos los obstáculos que han tenido que sortear las consultas populares mineras, resulta pertinente recordar la iluminada referencia de Abraham Lincoln al “gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”, que fue tomada después como la más sabia definición de democracia.

Sí habrá consultas populares mineras en San Bernardo y Fusagasugá, pero…