Dueños de establecimientos serán sancionados si no lo exigen. 

Con la intención de alcanzar la “tan anhelada inmunidad”, como la calificó el mismo presidente Iván Duque, los colombianos tendrán ahora nuevas normas que cumplir para poder visitar lugares públicos. Para ingresar a bares, restaurantes y museos, y en general a centros de ocio, será obligatorio presentar el carné de vacunación que demuestre que ya se recibió, por lo menos una dosis contra la covid-19.

Al estilo de naciones europeas como Francia, Italia y Alemania, donde ya implementaron esta medida, en Colombia –por instrucción del Ministerio de Salud (decreto 1408 de 2021)– este control regirá para mayores de 18 años desde el próximo 16 de noviembre y, 14 días después (desde el 30 del mismo mes), para mayores de 12 años.

En todo caso, el Ministerio podría hacer ajustes más adelante y pasar a exigir el esquema completo, tal como lo detalló el propio jefe de esa cartera, Fernando Ruiz.

LO QUE IMPLICA

Como era de esperarse, la medida ha causado reacciones en los sectores médicos, empresariales y en los mismos ciudadanos. Pese a que algunos cibernautas se quejaron de que supuestamente se restringen las “libertades de los individuos”, los expertos lo califican como clave para potenciar la vacunación en el país.

En palabras de la Ph.D en epidemiología, Andrea Ramírez, experta en seguimiento epidemiológico y docente de la Universidad de los Andes, la exigencia de un carné de vacunación para actividades recreativas y laborales puede ser “la única forma de volver a los aforos al 100 por ciento y regresar a las actividades sin restricciones, pero continuando con el uso de tapabocas”.

Además –según el análisis de Ramírez–, este tipo de medidas han funcionado con otras enfermedades contagiosas como la fiebre amarilla o el sarampión, cuyos carné de vacunación son obligatorios para ingresar a países donde la enfermedad puede significar un riesgo alto para la población.

1. ¿DÓNDE APLICARÁ LA RESTRICCIÓN?

El certificado será necesario para ingresar a la mayoría de lugares de interacción humana, pero sigue sin restringir la entrada a servicios esenciales como el transporte público y aéreo, escuelas y supermercados. Por ahora, los lugares que sí deberán empezar a aplicar la restricción son bares, gastrobares, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos y ferias. En lugares como iglesias y centros comerciales podrán desarrollarse las actividades normales sin restricciones, a menos de que se hagan eventos masivos específicos para los cuales sí pedirá el carné de vacunación. En cuanto a los entornos laborales, el decreto aún no autoriza a los empresarios para exigirle a los empleados el certificado de vacunación. En adelante, según anunció el Ministerio, se seguirá evaluando la situación epidemiológica para abarcar más edades y lugares de restricción.

2. ¿DESDE CUÁNDO Y A QUIÉNES LES APLICA?

Las restricciones de ingreso empezarán con los adultos mayores de 18 años a partir del 16 de noviembre, pues han sido el grupo etario con más tiempo para adelantar sus procesos de inmunización. Dos semanas después, el 30 de noviembre, será el turno para los niños y adolescentes mayores de 12 años, quienes también deberán portar el carné para los lugares que están restringidos. Pese a que el ministro de Salud, Fernando Ruiz, insistió en que a estos últimos no les aplica la medida para ingresar a las instituciones educativas, sí enfatizó en que los eventos masivos que se realicen dentro de dichas sedes deberán aplicar la medida restrictiva.

3. ¿DE QUÉ FORMA SE IMPLEMENTA?

La exigencia del carné de vacunación deberá ser añadida por los sitios comerciales y los eventos masivos como parte del protocolo de bioseguridad, por lo que serán vigilados por las alcaldías municipales y los entes territoriales. De hecho, la norma expedida por el Ministerio de Salud advierte que, quienes no cumplan con la medida, podrán acarrear sanciones conformes a la ley. Así mismo, el decreto detalla que serán “los propietarios, administradores y organizadores de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva” los que estarán a cargo de vigilar que dicha medida se cumpla. Por último, los ministerios de Salud y del Interior quedaron facultados para exigir el esquema de vacunación completo a partir de cualquier momento.

4. ¿CÓMO OBTENER EL CARNÉ?

Cuando se recibe la dosis anticovid, ya sea la única de Janssen o la primera de las farmacéuticas que requieren dos, el centro médico expide un carné físico que certifica que se comenzó con el proceso de inmunización. Este documento sirve para acceder a los eventos masivos. Además, a través del portal Mi Vacuna se obtiene la versión digital con el número de identificación, la cual se puede almacenar en cualquier dispositivo móvil. Este documento tiene un código QR que contiene información personal y las dosis que ha recibido la persona a quien se le expide. Este trámite también lo pueden realizar los colombianos que se vacunaron en el exterior, pero en algunos casos hay retrasos porque la información tiene demoras en su actualización; estos casos, dice el Ministerio de Salud, son excepcionales.

SANCIÓN PARA PROPIETARIOS

De acuerdo a Gerson Bermont, director de Promoción y Prevención del MinSalud, la medida por ahora es pedagógica y tiene como objetivos “garantizar que se cumplirá la meta de vacunar al 70% de los colombianos, pero también lograr una reactivación económica segura que evite la gravedad de un cuarto pico”.

El funcionario fue enfático en que todos los alcaldes del país deben acogerse al decreto presidencial de orden público, por lo que en ellos recae la principal responsabilidad para el debido cumplimiento en todos los territorios.

Asimismo, anunció sanciones para los propietarios de establecimientos que no exijan el carné de vacunación.

“Los alcaldes serán los responsables de implementar el decreto y quienes deben hacerlo cumplir son los dueños de cada establecimiento. Si hay un establecimiento que no cumple la medida entrará a regir el código de policía, que va desde llamado de atención hasta el cierre del lugar. Además, cualquier sanción al respecto será sobre el propietario y no el ciudadano. Los alcaldes darán las instrucciones necesarias a sus cuerpos de Policía sobre cómo actuar”, explicó Bermont.

Respecto a la validez del carné físico y digital, el funcionario aclaró que por el momento el principal documento será el físico.

“Como hay un retraso en el cargue de Paiweb con el proceso de vacunación el documento principal será en físico, pero en un futuro el código QR será el establecido oficialmente”, dijo.

Agregó que las personas que tienen un carné de vacunación del exterior podrán usarlo, pero deben acercarse a las IPS para que les entreguen el nacional y obtener el código QR respectivo.

Sobre las dudas de si el carné será un requisito en lugares como iglesias, el Gerson Bermont sostuvo que las medidas aplican para lugares y actividades de ocio. Es decir, que “para ingresar a una iglesia, al culto que todos tienen derecho, no se necesita. Pero si se va a hacer un evento de la parroquia ahí si se tendrá que exigir”.

En cuanto a los eventos en espacios abiertos, el decreto establece que la presentación del carné no será necesaria en aquellos que permitan mantener un metro de distancia entre las personas. Solo aplicará para aquellos en los que no se pueda cumplir dicha distancia y las personas deba estar por largo tiempo interactuando con un grupo amplio de personas.

Finalmente, recordó que la medida, por ahora, está dada para todos los eventos masivos: conciertos, ferias y sitios como restaurantes, bares, gastrobares, bingos, casinos o estadios, pero constantemente se estará evaluando si es necesario ampliar la medida a otros espacios.

“Hoy no está, por ejemplo, para montarse en un avión o ingresar a iglesias, pero estaremos evaluando la medida permanentemente”, concluyó.

Vía: MinSalud