Con una votación de 110 votos por el sí y 44 por el no, la plenaria de la Cámara de Representantes rechazó este lunes las objeciones presidenciales a algunos aspectos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La decisión fue el resultado de las manifestaciones en contra de esos reparos presidenciales de partidos mayoritarios en el Congreso como el Liberal, Cambio Radical y La U, a los cuales se sumaron los movimientos de oposición al Gobierno Nacional.
El pleno de la corporación acompañó el informe de una comisión accidental que propuso rechazar las objeciones presidenciales y que el proyecto deLey Estatutaria de la JEP sea sancionado por el presidente Iván Duque tal y como salió de su revisión en la Corte Constitucional.
Este hecho hizo que el otro informe, el que pedía aprobar las objeciones, no se considerara, ya que fue presentado primero el estudio que se votó y aprobó.
Durante la sesión de este lunes, varios sectores uribistas pidieron dos veces el aplazamiento de la votación, pero también fueron derrotados en esos propósitos.
Surtida esta parte del trámite, el tema se abordará en la plenaria del Senado. La comisión encargada de estudiar las objeciones en esta corporación tiene previsto reunirse este martes para analizar el asunto y, luego de esto, presentar un informe a la plenaria.
En todo caso, en esa corporación la votación se daría después de Semana Santa.
Aunque el artículo 200 del reglamento del Congreso indica que si una cámara vota de manera diferente a la otra las objeciones a un proyecto de ley, este se archiva, otras tesis jurídicas señalan que solamente se hundirían los artículos en los que hubo reparos.
Esto significa que si en el Senado son aprobadas las objeciones –contrario a lo que sucedió este lunes en la Cámara- se abriría el debate jurídico sobre si el proyecto de Ley Estatutaria de la JEP se debe archivar en su totalidad o solamente los aspectos objetados por el Presidente.
Pero si el Senado también rechaza las objeciones, el presidente Iván Duque debe sancionar la iniciativa. Si se niega, debe sancionarlo el Presidente del Congreso para que la norma entre en vigencia.
Fuente: El Tiempo