Por: Fabio Nelson Giraldo
Cuando los conductores tenemos prisa para PARQUEAR EN VÍA PÚBLICA, sea cual sea la razón, no nos preocupamos en detenernos a pensar en qué sitio o en qué vía vamos a parquear y si vamos a ocupar un espacio que es indebido, si nos detenemos en doble fila en lugares prohibidos etc. Ésta infracción de tránsito es una de las más comunes y según los estudios afecta entre otras cosas en un 33% la movilidad de ciudades como Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla.
Fusagasugá no es ajena a esta grave problemática que provoca que los conductores debamos transitar por las vías en zig zag, como en una carrera de obstáculos intentando no chocar con los vehículos mal estacionados a lado y lado de estas vías, las cuales muchas de ellas son bastante estrechas.
SANCIONES QUE SE LE APLICAN AL MAL PARQUEO
Cuando hay alguna consecuencia, por ejemplo, una multa, los conductores comúnmente se quejan de que es una injusticia, después de todo «sólo» se detuvo durante 5 minutos para ir a la panadería a comprar pan o fueron «sólo» a dejar al niño en la puerta de la escuela, este tipo excusas, más concretamente, son las llamadas “PARADAS TRANSITORIAS”, que cada uno de los conductores hacemos en vía pública, no previendo que según el Código Nacional de Tránsito en su Artículo 2 (…) Vía: Zona de uso público o privado, abierta al público, destinada al tránsito de vehículos, personas y animales. Es clara la norma, destinada al tránsito de vehículos; en la norma no se dice que podemos parar, estacionar o parquear en cualquier lugar, por lo que la sanción es de $368.685 (15 SMDLV) más la inmovilización si fuera el lugar. Cabe aclarar que la inmovilización del vehículo se aplica en este caso por mal parqueo siempre y cuando no se haga presente el propietario o el conductor del vehículo que está cometiendo la infracción.
LOS QUE PARAN EN CUALQUIER SITIO A RECOGER O DEJAR PERSONAS O PASAJEROS
Este sí que es un problema de todos los días y a cada instante entendiendo que todos somos los culpables: conductores, pasajeros, autoridad y hasta los peatones. Vemos constantemente taxis, motos, buses de servicio especial, de servicio público que, además, paran a dejar ya recoger pasajeros en cualquier parte de la vía y sin tener en cuenta las zonas de paraderos. También los vehículos particulares se apostan sobre zonas verdes y espacios peatonales, en las esquinas, en las zonas habilitadas para personas con movilidad reducida, en frente de bancos y hospitales, causando incomodidades no solo a quienes se movilizan en carros, sino a quienes transitan a pie por la zona.
Para solucionar este fenómeno, es muy importante que todos los actores del tránsito sepamos reconocer que en la vía pública hay habilitadas zonas como bahías, paraderos de servicio público o vías secundarias. Si este tipo de actitudes muy simples, se cambian, la movilidad en ciudades como Fusagasugá mejoraría visiblemente.
LO QUE DICE LA NORMA
La Ley 769 del 2002, por la cual se expidió el Código Nacional de Tránsito Terrestre, estipuló en el artículo 76, modificado por el artículo 15 de la Ley 1383 de 2010, los lugares donde está prohibido parquear.
Así, según el Código de Tránsito está prohibido estacionar sobre andenes, zonas verdes o en espacio público destinado para peatones, recreación o conservación, al igual que en vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
También está usted mal parqueado si lo hace en vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos, así como en puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.
La ley también prohíbe el estacionamiento en curvas, donde se interfiera con la salida de vehículos estacionados y donde esté prohibido por las autoridades de tránsito.
En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para limitados físicos, y parquearse en doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
Tampoco se debe parquear a una distancia mayor de 30 centímetros de la acera o en carriles exclusivos del transporte masivo.
¿CALLES O PARQUEADEROS?
Si hacemos un recorrido por varios puntos de la ciudad, en ellos podemos encontrar ejemplos claros del mal parqueo que se cometen habitualmente sin que ninguna autoridad tomé los correctivos del caso y así, mientras tanto, en las calles o vías principales se podrán ver carros parqueados sobre los andenes y la misma calzada, y al lado de ellos, las motos también aprovecharon para parquear.
Lo más preocupante no es que la autoridad y policías de Tránsito tomen cartas en el asunto, es que nosotros los usuarios de las vías somos los realmente culpables de esta problemática, y no se trata de darle solución solo con sanciones, se trata de entender que muchas veces sacamos nuestro vehículo para hacer recorridos muy cortos teniendo la opción de transitar como peatones. Es necesario hacerle ver a los usuarios de la vía que el mal parqueo afecta a todos, y que sumar uno tras otro caso de mal parqueo afecta en un alto grado la movilidad de nuestra ciudad.