El Ministerio de Transporte expidió el Reglamento Técnico de cascos protectores para el uso conductores de motocicletas, cuatrimotos, mototriciclos y similares, mediante la Resolución fijada  el pasado 20 de marzo de 2019.

El principal propósito de la norma es salvaguardar  la vida de los tripulantes de motos o vehículos similares; alegando que es de obligatorio cumplimiento para los fabricantes, importadores y comercializadores de cascos.

Este Reglamento Técnico para la producción, importación y comercialización de cascos en el país, tendrá un año de transición y entrará a regir doce (12) meses después a la publicación en el diario oficial.

Dentro de las principales determinaciones de la norma está que los fabricantes, importadores, comercializadores y organismos de certificación serán responsables por el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas, entre las que se cuentan, por ejemplo, que debe cumplir con unos requisitos mínimos de etiquetado y  con los respectivos ensayos de los numerales establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 4533 de 2017 como son: Visión periférica, ensayo de rigidez, ángulo de apertura del visor, extensión de la coraza, ensayo de absorción de impactos y transmitancia luminosa, entre otros.

“El propósito es proteger la vida de los usuarios mediante el uso de un buen casco y con esta norma esperamos lograrlo, por lo que habrá una transición mínimo de un año para esta nueva regulación», dijo la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, este miércoles a la hora de firmar el Reglamento Técnico.

Del mismo modo aclaró que  el foco de control no serán los motociclistas, «vamos a exigirles a los vendedores de cascos que los productos que oferten cumplan con los estándares mínimos de seguridad”, enfatizó.

Características de etiquetado

De igual manera, los cascos deberán cumplir con la información descrita en el etiquetado,  la cual podrá estar en una o más etiquetas y deberá ser legible a simple vista, de manera veraz y completa.

En este sentido, la etiqueta se colocará en lugar visible y de fácil acceso para consulta, adherida internamente de manera que no altere la estructura del producto y debe estar disponible al momento de su primera comercialización.

Igualmente, el etiquetado deberá evidenciar el país de origen del producto, el nombre del fabricante o importador; y la identificación del lote o su fecha de producción.

Quienes rigen sobre el Reglamento Técnico

La verificación del cumplimiento del nuevo Reglamento Técnico es competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, que tiene la obligación de tomar medidas para suspender la comercialización del material hasta tanto no se verifique lo establecido por la norma. De igual manera la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y las Alcaldías municipales.

 

¡Dato Curioso! Cifras de la OMS

Estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS),  señalan que utilizar cascos certificados de forma adecuada disminuye el riesgo y gravedad del traumatismo en 72% y la probabilidad de defunción en 39%.

Cada año se pierden aproximadamente 1,35 millones de vidas como consecuencia de los incidentes de tránsito y 50 millones de personas sufren traumatismos no mortales y muchos de esos traumatismos provocan discapacidades.

Del total de defunciones ocasionadas por el tránsito en la Región de las Américas, el 45% de ellas ocurrió en peatones, ciclistas y motociclistas, considerados como usuarios vulnerables de las vías de tránsito, y las defunciones de motociclistas aumentaron en 5 puntos porcentuales entre el 2010 (15%) y el 2013 (20%).

Redacción: Ministerio de Transporte