Mediante resolución 4313 del 28 de diciembre la Corporación adoptó medidas para enfrentar el evento. Está prohibida la obstrucción de los cauces, diques o tambres, así como aquellas que pongan en riesgo la calidad de las aguas.
Bogotá, D.C., enero 04 de 2018 (Prensa CAR)
Con la declaración de fenómeno de La Niña hecha por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM en días pasados, el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, Néstor Guillermo Franco González, firmó la resolución 4313 del 28 de diciembre de 2017, donde se adoptan medidas para afrontar el evento.
Dentro de las medidas, la Corporación señala que en su jurisdicción, está prohibida la obstrucción de los cauces (mediante la construcción de derivaciones), diques o tambres, así como aquellas que pongan en riesgo la calidad de las aguas; igualmente no es permitido el rompimiento de los jarillones, ni la la construcción de viviendas o cualquier infraestructura en zonas inundables (rondas de los cuerpos de agua).
Además, la Autoridad Ambiental solicita la colaboración y coordinación con todas las autoridades del departamento, el Distrito Capital y los municipios del territorio CAR, estando alertas y preparadas para las acciones que haya lugar como labores de control y vigilancia en los puntos críticos por remoción en masa, avenidas torrenciales e inundaciones; todo esto con el propósito de prevenir la pérdida de vidas y bienes materiales.
Por otro lado, la Corporación invita a establecer una comunicación directa con los organismos de socorro, Bomberos, Defensa Civil, Policía, y Ejército Nacional, entre otros, en caso de ser requerido su apoyo. Por su parte, los municipios, a traves de los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo, deben instalar comites de apoyo para establecer medidas orientadas hacia la prevención y que por tanto, permitan afrontar cualquier evento relacionado con incremento de las precipitaciones.
Igualmente, se deben adoptar medidas para que los particulares dueños de predios aledaños a los cuerpos de agua y zonas inundables, mantengan limpios de malezas y libres de obstrucción los cauces y canales cercanos. A su vez, deben abstenerse de construir obras sin autorización y que puedan afectar el transito de las aguas. Por ultimo, la Corporación hace un llamado a la comunidad para facilitar las labores de mantenimiento, mejoramiento y conservación de los mismos.