El alto tribunal publicó una decisión en la que en un párrafo evaluó el lenguaje inclusivo. 

«En la presente providencia el uso de los sustantivos masculinos genéricos se entiende que incluye en su referencia, en condiciones de plena igualdad y equidad, a hombres y mujeres sin distinción de sexo«.

Ese párrafo hace parte de una muy importante decisión de la Corte Constitucional en la que evaluó dos tutelas de mujeres que habían sido víctimas de violencia por parte de sus parejas y a quienes años después ellos les estaban cobrando unas cuotas de dinero, como parte de un acuerdo económico para que ellos abandonaran la vivienda.

En este fallo, en el que precisamente la Corte asegura que los jueces deben tener en cuenta el enfoque de género, el alto tribunal se refirió al «lenguaje inclusivo» en el que, en búsqueda de la igualdad, se habla de ellas y ellos, de todas y todos, o incluso, en las palabras se usan caracteres como un «@», la «e», y la «x» para referirse a «tod@s», «todes» ó «todxs» y así eliminar el sexo y las categorías binarias.

Antes de comenzar a evaluar el tema de fondo, la Corte decidió referirse a ese lenguaje inclusivo en su fallo, que es de agosto del año pasado y cuyo ponente es el ya exmagistrado Luis Guillermo Guerrero.

En esa decisión hizo la aclaración previa en la que aseguró que sus sustantivos masculinos genéricos abarcaban también a las mujeres en igualdad de condiciones.

La Corte asegura en su fallo que siguiendo las recomendaciones de la Real Academia Española en materia de uso del lenguaje inclusivo, «en el texto de esta sentencia se prescindirá de la doble mención del género por considerarse innecesaria«.

En el texto de esta sentencia se prescindirá de la doble mención del género por considerarse innecesaria.

En su cita la Corte se refiere al Libro de Estilo de la Justicia, de la Real Academia Española, del 2017, como la base que tiene en cuenta para evitar el desdoblamiento del  sexo en los sustantivos.

En varias oportunidades la RAE ha señalado que desde el punto de vista lingüístico ve innecesario desdoblar los sustantivos en femenino y masculino  por una «economía del lenguaje». 

Según la RAE, en sustantivos genéricos que están en masculino se designa a todos los individuos de la especie, sin distinción de sexos. Así, afirma la RAE, la mención explícita del sexo femenino solo se justificaría cuando la oposición de sexos es relevante en el contexto. 

Desde el feminismo la posición de la RAE ha sido fuertemente criticada, señalando que, en primer lugar, esta institución no tiene la verdad revelada sobre el lenguaje, y en segundo lugar, está dejando de lado el hecho de que la forma en la que se construyó el lenguaje obedece a una jerarquía en la que, por años, a los hombres se los consideró superiores a las mujeres.

Sin embargo, siguiendo esas recomendaciones de la RAE es que en su fallo la Corte Constitucional se desprende de tener que hablar de ellos y ellas, afirmando que la diferenciación es innecesaria. 

Tras hacer esa aclaración en la decisión, por ejemplo, al exponer quiénes pueden presentar una tutela la Corte dice que puede ser radicada por «el interesado por sí mismo» en lugar de decir el o la interesada, o por medio de un representante legal, en lugar de decir un o una representante legal. También habla de un «abogado titulado con poder judicial» en lugar de decir abogados y abogadas tituladas.

Sin embargo, esa posición de la Corte tuvo algunas críticas en las redes sociales. En el fondo, usuarias de esta red rechazaron que fuera el alto tribunal constitucional -garantista de derechos a la igualdad y equidad de género- el que considerara que un sustantivo masculino podía subsumir a las mujeres. 

Con información de EL TIEMPO – JUSTICIA