El alto tribunal estudia este martes, la demanda contra el artículo del Código de Policía que utilizaron uniformados para sancionar a una persona por comprar una empanada a un vendedor ambulante en Bogotá.

Los demandantes le pidieron a la Corte analizar si la interpretación que le dio la Policía a la norma que habla de sanciones por promover o facilitar el uso del espacio público fue errada.

La ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos asegura que no se puede penalizar al comprador de un producto en un espacio público.

Según los demandantes, la Policía Nacional se equivoca al creer que quien le compra a un vendedor ambulante está promoviendo el uso indebido del espacio público.

Por su parte, la Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte que no estudie el tema porque en pronunciamientos anteriores la corporación ha sido clara en advertir que considera irrazonable la imposición de medidas correctivas a las ventas ambulantes, lo cual también es aplicable a las personas que compren cualquier artículo.