Aquí le explicamos los alcances de la medida. Y les entregamos el croquis. 

Será sancionatoria a partir del lunes 14 de diciembre e irá hasta el viernes 15 de enero del año entrante.

Operará de seis de la mañana a siete de la noche, todos los días y se sancionarán únicamente los vehículos tipo carro que circulen en el perímetro urbano, así:

Días pares, ejemplo lunes 14 de diciembre, podrán movilizarse los automotores con placas terminadas en los números: 0, 2, 4, 6 Y 8.

Martes 15, podrán circular vehículos con placas terminadas en los números 1, 3, 5, 7 y 9, y así sucesivamente.

La zona de la restricción comprende: por el oriente, carrera 5 entre calles 11 y 5. Por el norte, calle 5 entre carreras 5 y 12. Por el occidente, carrera 12, entre calles 5 y 10B. Por el sur calle 10B, entre carreras 9 y 12, y calle 11 entre carreras 9 y 5. Es decir el microcentro de la Ciudad Jardín.

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Los vehículos que transporten personas en condiciones de discapacidad, organismos de socorro, de transporte de valores, entre otros podrán circular.

Jaime Hernán González secretario de Movilidad, argumenta en el decreto que es necesario dictar una medida policiva, debido al alto flujo de personas y vehículos con motivo del mes de diciembre. 

Aquí conozca reacciones de los fusagasugueños tras la determinación 

Aquí, el decreto 418 del 10 de diciembre del 2020 

Redacción Fusagasugá Noticias