Un proyecto de ley tendría este alcance, según un técnico del Mintransporte, siempre y cuando el propietario sea reincidente. Se busca enfrentar la ilegalidad.

Redacción: Portafolio

La actualización del régimen sancionatorio del sector transporte tendrá un último round en este gobierno y uno de sus principales focos serán las plataformas de servicio ilegal.

Esta semana el Gobierno del Presidente Santos radicó ante el Congreso de la República un proyecto de ley que busca darle más capacidades sancionatorias a la Superintendencia de Puertos y Transporte, de cara a que el sector se adapte a las nuevas dinámicas nacionales y globales, sobre todo porque la normativa vigente cumplirá, el próximo año, un cuarto de siglo de haberse expedido.

La idea del Ejecutivo es que finalmente esta iniciativa se convierta en ley, ya que el año pasado habían presentado una propuesta similar, que fue aprobada en los cuatro debates en las cámaras, pero finalmente se cayó en la conciliación de los textos aprobados, por contener proposiciones que eran ajenas al propósito del proyecto.

Javier Jaramillo, superintendente de Puertos y Transporte y líder de la iniciativa, le aseguró a este diario que: “Lo clave es que nos da herramientas más eficaces para combatir los flagelos de informalidad e ilegalidad, y dar más transparencia. La ley nos da fortalecimiento en materia jurídica, administrativa y financiera, de modo que tendremos más facultades”.

REGLAS CLARAS

Quizá, la de mayor ruido será aquella que le permitirá a la Súper multar a los propietarios de vehículos que presten un servicio público de transporte sin estar autorizados y, además, si reinciden en este comportamiento, podrán cancelar su licencia de tránsito.

Esto aplicaría para todas las plataformas que han sido consideradas como legales, pero que su servicio es ilegal, toda vez que transportan pasajeros sin autorización. Según la explicación de un técnico del Ministerio de Transporte, esta cancelación significa que el carro o moto pasaría a ser chatarrizado, pues quedaría condenado a no poder ser utilizado nuevamente. 

“El futuro de una matrícula cancelada no es más que la chatarrización. Entonces, el mensaje es muy claro para quienes prestan un servicio ilegal, porque se está solicitando al Congreso que le dé más facultades a las autoridades, con el fin de suspender licencias de tránsito a quienes faciliten la operación de estas plataformas”, manifestó.

El articulado también prevé que se le brinden mejores y más definidas reglas de juego a la Superintendencia.

Entre estas se encuentra un artículo que define claramente cuáles son las competencias de las entidades del orden nacional y local, en esta materia, tales como la Súper, alcaldías, gobernaciones, áreas metropolitanas, Dirección General Marítima (Dimar), Aeronáutica Civil, entre otras.

“Por ejemplo, si estamos revisando una flota de taxis, la vigilancia objetiva la hace la secretaría de movilidad, pero la subjetiva (societaria y financiero) es de nuestra competencia; el proyecto define límites claros para cada uno”, agrego.

Sumado a lo anterior, se le da vía libre al órgano de vigilancia para que sus investigaciones sean más contundentes, rápidas y concretas. Y es que se establece un régimen integral, que trae consigo herramientas preventivas (también conocidas como cautelares) y correctivas para la supervisión del sector. “De este modo, si en un accidente está involucrada una empresa de transporte público y encontramos deficiencias mecánicas, la Súper podrá dictar una medida cautelar a la flota, con el fin de revisarla y que no preste el servicio durante la investigación”, añadió Jaramillo.

Otro ejemplo de estos es que si una compañía de transporte intermunicipal sufre un paro de trabajadores, que afecte la prestación normal del servicio, la entidad podrá intervenir y ordenarle a la empresa que consiga conductores provisionales, que cubran las rutas afectadas.

“Debemos tener presente que, actualmente, un 80% de la carga administrativa de la entidad viene de infracciones al transporte (no de tránsito), y en cada una de las investigaciones tenemos que abrir procesos largos. Con esta ley, aquellas infracciones inferiores a 25 salarios mínimos (unos $18,4 millones) pasarán al proceso verbal, generando eficiencia, economía y facilitando las labores del investigador”, añadió el Superintendente.

Además, paralelo a esto, el articulado elimina de tajo las interpretaciones de las multas que interponga la entidad, teniendo en cuenta que estas serán taxativas, según el tipo de vigilado, además de estar acordes a la realidad del sector.

LOS BENEFICIOS

En este sentido, si un camión de carga se excede en peso en 5 kilos recibirá una multa correspondiente a esta cifra, que será diferente a aquel se la sobrepase en una mayor medida. Hoy, se usa el mismo rasero.

“Este proyecto responde a una necesidad muy grande que tenemos y es hacerle frente a la informalidad e ilegalidad, por eso requerimos más dientes de los que tenemos ahora”, indicó Jaramillo.

Los otros puntos son garantizar la doble instancia frente multas y darles ahorros de hasta el 50% de estas a quienes acepten la culpa. Igualmente, se determinarán los tipos de sanciones y sus respectivos procedimientos, y se prevé darle el 10% del recaudo de las multas a la Dirección de Tránsito y Transportes de la Policía Nacional.