Como una estrategia para mitigar el impacto del Covid-19 en el país, el presidente de Colombia, Iván Duque Márquez, tomó la decisión de declarar la emergencia económica y social en el país.

Durante una declaración, emitida a través de sus redes sociales, el presidente señaló que es necesario que el Estado cuente con todas las capacidades administrativas de urgencia para actuar y responder ante la crisis que el coronavirus plantea para el país y el mundo.

Esta decisión se toma amparada en el Artículo 25 de la Constitución Política, el cual señala que el presidente, con la firma de todos los ministros, puede hacer dicha declaración.

Para tomarla, dice la Constitución, debe existir una amenaza de “forma grave o inminente” del orden económico, social y ecológico del país y, como están las cosas, la pandemia ya plantea desafíos para, principalmente, el sector salud, pero además se debe hablar del comercio, la industria, economía, y turismo, por ejemplo.

No obstante, hay que dejar claro que esta emergencia será por máximo 30 días y, al declararla, el presidente podrá expedir decretos con fuerza de ley “destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el estado de emergencia, y podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes. En estos últimos casos, las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente”. El exministro de Agricultura Rubén Darío Lizarralde señaló que esta medida, además de “viable” es necesaria, entendiendo la realidad del país.

Esta no es la primera vez que se declara esta emergencia. Durante el Fenómeno de La Niña de 2011, el entonces presidente Juan Manuel Santos, adoptó la figura para enfrentar la emergencia derivada del fenómeno climático, la cual le sirvió para responder a las necesidades de las comunidades afectadas.

El Artículo 215 también deja claro que el Gobierno, con la declaratoria, no “podrá desmejorar los derechos sociales de los trabajadores mediante los decretos contemplados. “El Gobierno enviará a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades a que se refiere este artículo, para que aquélla decida sobre su constitucionalidad. Si el gobierno no cumpliere con el deber de enviarlos, la Corte Constitucional aprehenderá de oficio y en forma inmediata su conocimiento”.

Por otra parte, el alcalde de Manizales y presidente de la Asociación de Ciudades Capitales, Carlos Mario Marín, recordó la necesidad de implementar el toque de queda en el país, como estrategia para que los ciudadanos no salgan a las calles y, de esta manera, se evite un mayor contagio de ciudadanos, teniendo en cuenta que actualmente hay 75 casos confirmados de coronavirus en el país, según el Ministerio de Salud; 49 de estos importados y 26 relacionados o por contacto con los contagiados que llegaron de países como España, Italia, Estados Unidos o Ecuador.